viernes, 6 de noviembre de 2009

Sobre los Templos Municipales

Como todos sabemos, este país es declaradamente aconfesional, tal y como indica el artículo 16.3 de la CE, y defendemos (en términos generales) la libertad de creencias de sus ciudadanos.

Viene esto a colación por dos cosas que me han venido a la mente y para las cuales creo que he encontrado una solución.
Por un lado, están construyendo una iglesia en mi barriada que sustituye a la antigua iglesia que hubo que derruir hace unos años. Durante este tiempo los católicos practicantes han tenido que ir a unos barracones para seguir sus ritos ya que al parecer la Iglesia Católica carecía de fondos para construir un templo.
Por otro lado, los ciudadanos que profesan otras religiones como la islámica, la judía, u otras ramas del cristianismo, carecen de templos en los que realizar sus rituales, debiendo desplazarse a otros puntos y centros en la ciudad.
Fuera de los días sacros y de las horas de rezo, los usos de las infraestructuras religiosas son menores. Se me ocurrió que dado que musulmanes, judíos y cristianos tienen distintos días sacros, viernes a domingo respectivamente, no deberían tener demasiado inconveniente en la posibilidad de compartir una infraestructura (edificio) para el culto que cubriese las necesidades de cada una de las religiones, y permitir a los distintos profesantes el cumplimiento de los preceptos de su religión.
Esta especie de iglesia/templo-sinagoga-mezquita tendría una titularidad municipal, y por ende estatal, pero no comprometería la aconfesionalidad del Estado. Es más, sería el Estado el que mediante este sistema garantizaría a los ciudadanos la posibilidad de practicar su religión en unas condiciones adecuadas.
Por otro lado, fuera de los horarios de culto, ser podría emplear los distintos locales anejos para las actividades que actualmente mantiene cada culto, pero acercándolo a los ciudadanos de todos los distritos de la ciudad, y no segregando en función de las confesiones que estos tengan.
Otra ventaja del sistema, a mi modo de ver, es que las actividades que se realicen en el interior de dichas instalaciones no pueden ir nunca en contra del régimen jurídico español, por lo que no podría actuarse conminando derechos de los ciudadanos, lo cual no quita para que cada confesión pueda opinar desde sus creencias, pero nunca metiéndose en el espacio político público, el cual queda claramente fuera del ámbito de las religiones, y razón por la que en los países avanzados, Iglesia y Estado están y deben estar separados.
Y lo que es más importante, dejaremos de ver esas desgracias de edificios que dicen que son templos y que en muchos casos afean la ciudad en vez de embellecerla.

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